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¿Es imaginable despedir a un empleado por usar su teléfono celular en el trabajo?
Esta es una respuesta difícil de responder de forma temporal y concisa. Por lo tanto, queremos dividirla en s más expresas para dar respuestas más exactas. Ver:
Las respuestas a todas esas preguntas, y algunas más, las encontrarás en este artículo.
¿Está permitido el uso del teléfono celular en el lugar de trabajo?
No existen normas que prohíban el uso de teléfonos celulares en el trabajo. Encontrará cualquier segmento del Código Laboral que haga cumplir esta prohibición.
Sin embargo, posiblemente la empresa lo prohíba expresamente a través de su fuerza organizativa y la fuerza de dirección del empleador. Pero mientras no lo haga, también puede aplicarse la máxima legal que dice que “lo que no está expresamente prohibido, está implícitamente autorizado”. . .
Esto no significa que, aun cuando esté permitido, el uso de teléfonos móviles por parte del personal durante su horario de trabajo sea legal: está prohibido el uso indebido con fines ilícitos, como la competencia desleal, la divulgación de secretos corporativos, etc.
Algunas corporaciones toman la decisión de dar un voto de confianza al empleado y de no prohibir el uso del teléfono no público. Al fin y al cabo, el empleado es una persona mayor de edad y supuestamente culpable, quien deberá ser diligente en la funcionalidad del sus tareas y hacer un uso inteligente de su teléfono celular durante el día.
Las empresas pueden prohibir expresamente el uso de teléfonos móviles durante la jornada laboral. O también permitirlo, pero con marcadas limitaciones y restricciones, mediante comunicación por escrito a todo el personal (ya sea por ejemplo, mediante el uso de comunicaciones internas o mediante reglamento interno de trabajo).
Esta prohibición o limitación constituiría una fuerza de control del empleador, el Código del Trabajo nada dice al respecto.
Ahora bien, ¿la empresa puede despedir al empleado por el celular en el trabajo?
Lo establece el Art. 146 del Código del Trabajo. – “La jornada corrida es todo el tiempo de que dispone libremente el trabajador, por estar a disposición exclusiva de su patrón”.
Al momento de concretar un contrato de trabajo, ya sea verbal o escrito, el trabajador se encuentra bajo la delegación de su empleador o de su representante y por ende la jornada laboral no puede disponer libremente de esta hora. Por tanto, el trabajador que, la jornada laboral productiva , usa su teléfono celular para chatear, usar tik tok, ver facebook, you tube, etc. Eso violaría el espíritu del artículo 146 del Código del Trabajo.
Como toda falta disciplinaria, cuando los hechos son más graves, o el empleado es reincidente en su conducta, es decir, ya ha sido objeto de una amonestación, posiblemente sufrirá un despido por haber utilizado el teléfono celular en el puesto y horario de trabajo.
Por supuesto, no todos los trabajadores son merecedores de un despido justificado. Hay que valorar la gravedad y culpabilidad de ello.
También es importante que la empresa haya comunicado en el pasado por escrito las normas para el uso de teléfonos móviles al día.
La tolerancia de la empresa exonera al empleado de cualquier culpa. Si la empresa es completamente consciente del uso no público de su teléfono celular por parte del empleado en el día, y lo autoriza, entonces no puede despedir brutalmente al empleado alegando un delito.
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