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Cada vez son más los españoles que apartan el efectivo y lo sustituyen por recibos de tarjetas o aplicaciones de pago virtual, como bizum. Esta sustitución se nota especialmente entre la gente más joven, no quiere decir que todavía no haya usuarios que acudan a los cajeros automáticos.
Hacienda, con el fin de evitarte la evasión fiscal, impone un límite, que no puede ser superado, a la cantidad de efectivo que un usuario puede retirar del cajero de forma diaria. Aunque no existe un límite constante para las entidades bancarias, ya que cada uno pone su propio límite, la cifra suele rondar los seiscientos euros, pero puede ser reemplazada por el usuario. Aunque esto sólo es posible si esta sustitución es parte de lo establecido por la ley.
Actualmente, la Agencia Tributaria autoriza un máximo de 3. 000 euros para retirar de un cajero automático sin justificación, y en el caso de que se requiera una cantidad superior, se requerirá un recibo del banco, que notificará el movimiento al Banco de España y la Agencia Tributaria.
Lo mismo ocurre si se revoca la moción. Si bien no es ilícito disponer de efectivo, es muy probable que salten las alarmas de Hacienda si se realiza un ingreso en una cuenta bancaria superior a 3. 000 €. Todo ello, tanto si es un ingreso puntual o periódico. Lo mismo ocurriría si las operaciones incluyeran billetes de 500 € (muy raro), aunque la cantidad sea inferior a 3. 000 €.
No obstante, a partir de 1. 000 euros, posiblemente el banco corresponsal solicitaría o bien un recibo de la operación a realizar y la identidad del usuario.
En cuanto a la consulta expresa de cuánto dinero se puede sacar de un cajero automático, la respuesta se tendrá que dar a través de cada banco, el máximo habitual es un límite de seiscientos euros.
Una vez que se sabe cuánto efectivo se puede retirar de un cajero automático, se quieren aclarar algunas reglas relacionadas con el funcionamiento de esas máquinas y el efectivo. Comenzamos por decirles que el límite es diario: se renueva todos los días a las 00:00. Esto no significa que el visitante tenga que esperar 24 horas para realizar el próximo retiro, ya que es suficiente con la fórmula para reemplazar la fecha.
De acuerdo con el artículo 39 de la Ley 35/2006, por la que se regula el Impuesto sobre la Renta de las Fuentes no Públicas, tendrán la consideración de ganancias patrimoniales no justificadas todos los bienes o derechos que no sean asimilados a la fuente de renta o equidad declarados a través del contribuyente.
Es muy de descifrar su origen, porque, de esta forma, Hacienda garantiza que no se comete ningún tipo de defraudación fiscal, como el blanqueo de dinero en efectivo.
Este tipo de inspecciones no son inusuales entre los estadounidenses a menos que se detecte una fuente muy importante de ingresos o retiro de dinero.