La acusación Constitucional, el Presidente Piñera advierte de la grave violación al debido proceso de la ley

De las 155 páginas que tiene la defensa por parte del presidente Sebastián Piñera, para hacer frente a la acusación constitucional presentada en su contra por un sector de la oposición. El documento fue entregado ayer por la noche y por la Segpres, a la comisión ad-hoc de la Cámara, en la que se analiza la difamación.

La fiscalía pide la retirada de los estados miembros por considerar que hubo violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos durante las protestas que se han producido desde el inicio, de 18 de octubre, en la que además de haber «violado la Constitución y confiado» gravemente el honor de la nación.

La defensa de la Piñera (representada por el abogado Juan Domingo Acosta – plantea cuatro ejes principales a tratar, en primer lugar, la llamada cuestión previa, es decir, que la acusación cumple con los requisitos constitucionales. En este sentido, se ha argumentado que la difamación es «ilegal» porque no cumple con el requisito de ser «de carácter excepcional». Así, se observa que «el uso de Acusaciones Constitucionales, en este caso, lo que implica una banização de este instrumento, y que puede suponer un grave ataque a la gobernabilidad del país, paralizando la atención del alto mando».

«El juicio político constitucional no debe ser utilizado para ejercer presión política sobre el gobierno. El desacuerdo político, dispone de otros medios para expresarse», agregó.

El segundo argumento sostiene que la acusación que vulnera gravemente el debido proceso, en razón de que se basa en hechos que aún no han sido establecidas».

Así, se destaca la necesidad de que «las declaraciones realizadas por el Presidente de la República, son genéricas y vagas, y que se basa en los hechos y las circunstancias en las que aún se están investigando, y que han sido establecidos por los tribunales de justicia (…) De hecho, el terremoto que se refieren a los hechos de «mujeres» o «los posibles», dando cuenta de su fragilidad, de su historia y que la verdad judicial que aún no se ha establecido.»

La tercera base de la defensa de Piñera, se afirma que la difamación no se cumple alguno de estos requisitos mínimos, por lo que la acusación constitucional en contra de un presidente que sólo se puede seguir a través de sus propios actos, y no por omisión.

En este sentido, se ha observado que los acusadores no han apuntado a ningún acto del Presidente, por violar abiertamente la Constitución» y que «la falla se basa en la supuesta omisión».

En cuarto y último lugar, en el documento de la defensa alegó que la acusación es «un abuso de los derechos», porque en la búsqueda de examinar el mérito de la declaración del estado de emergencia, con el poder de la protección del Presidente, y se consagra en la Constitución política del estado. «El hecho de que acusar a los diputados que no estuvo de acuerdo en declarar el estado de emergencia no es suficiente para tratar la destitución de un presidente», asegura.

En la defensa, que entró ayer también se supone que la sustancia de las dos partes que componen el proceso.

En lo que se refiere a la primera – en la que Piñera se le acusa de la violación de la Constitución por «consentir» a «de las violaciones de los derechos humanos, la defensa señala que esta situación «no es eficaz», ya que «la fiscalía no tiene la atribución al Presidente de la república, basado en los hechos incluidos en él.»

«Son los alegados hechos de terceros a los que aún se están investigando, y no de los actos de la administración», subraya.

Y añade que, además, no ha habido omisiones que afectan los derechos de los trabajadores, como la de los acusadores, tratan de establecer, y que, por el contrario, el presidente de implementar todos los medios de comunicación en el marco de sus competencias, para evitar cualquier tipo de violación de los derechos humanos».

En el segundo capítulo, de la calumnia, por el que se acusa al presidente de poner en peligro el honor de la nación, la defensa sostiene que «la cancelación de la APEC y de la COP25 que no han tenido un efecto negativo sobre el honor de la nación».

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