El caso de un autónomo al que la Seguridad Social tuvo que pagar 997 euros en pensión de invalidez

Foto: Pixabay.

La justificación reivindicó a una trabajadora por cuenta propia que introdujo una guerra legal contra la Seguridad Social, tras negarse a revisar el grado de invalidez tras empeorar sus condiciones físicas. Por ello, el Estado deberá pagar retroactivamente sólo las cantidades, pero también las aumentos y revalorizaciones de pensiones que tomaron posición entre marzo de 2021 y junio de 2022. Descubre todos los puntos principales del caso.

“Estimo la demanda interpuesta contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y, por tanto, con revocatoria de las resoluciones del INSS de 19 de marzo y 15 de junio de 2021, reclamo al solicitante en un supuesto de incapacidad permanente absoluta, derivado de una enfermedad nada habitual, con una base reguladora de 977,30 euros y fecha de efectos 20 de marzo de 2021″, se especifica la sentencia del Juzgado de lo Social de Barcelona recogida a través del diario ABC.

Por todo ello, la condena es clara: la Seguridad Social se verá obligada a «pagar al solicitante la prestación correspondiente, con las bonificaciones, incrementos y revalorizaciones que en su caso intervengan».

El caso total se remonta a 2015, cuando el usuario involucrado obtuvo una incapacidad permanente total, que inhabilita al trabajador para el mismo trabajo anterior, pero le permite dedicarse a otro. Cabe señalar que las actividades de la nueva carrera deberán podrá llevarse a cabo con las limitaciones identificadas. Pues bien, si no, la Seguridad Social puede solicitar una revisión y retirar las ventajas obtenidas cuando entienda que el escenario del trabajador ha mejorado.

Aunque la implicada comenzó a postularse como vendedora de pastelería, tras empeorar su situación y ver que posiblemente no ejerza la profesión, pidió a la Seguridad Social que revisara su expediente para ajustar el grado de invalidez reconocido.

“Actualmente, la denunciante padece los siguientes síntomas residuales: enfermedad de Addison, osteoporosis, fibromialgia, menopausia precoz, insuficiencia suprarrenal crónica, poliartropatía y trastorno depresivo primario”, recogen recursos judiciales citados a través del diario.

Y señalan que, según la ratificación del perito médico, «como consecuencia de este estado residual, el demandante se encuentra en actividades de actuación que requieren capacidad bimanual, esfuerzo físico continuo y exposición prolongada al estrés».

Sin embargo, la Seguridad Social no continuó con el examen, ya que, según ella, «las secuelas que presenta constituían el mismo grado de incapacidad permanente ya reconocido, manteniendo así la popularidad de la incapacidad permanente total, dando a la presentación de una solicitud y siguiente juicio.

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