El fallo sobre la citación como testigo de Pedro Sánchez el 30 de julio en la investigación opuesta a su esposa

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El instructor se desplazará a La Moncloa, donde quedará registrada la comparecencia del presidente del Gobierno.

El juez Juan Carlos Peinado ha citado al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a declarar el próximo 30 de julio, a las 11. 00 horas, a raíz de la investigación que lleva contra su esposa, Begoña Gómez, por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en las empresas. .

En un auto recogido a través de Europa Press, el presidente del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid explica que la prueba testimonial tomará posición en La Moncloa, de acuerdo con lo identificado en los artículos 412 y 413 del Código de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim ). Estos artículos identifican que cuando la actuación del Presidente del Gobierno se refiera «a asuntos de los que no era consciente por razón de su cargo», el dictamen pasará a comparecer en su domicilio o lugar de trabajo oficial.

En este caso, la sentencia investiga «todos los actos, conductas y comportamientos» realizados a través de Begoña Gómez «desde que su marido es presidente del Gobierno y contenidos en la denuncia inicial» presentada a través del sindicato Manos Liminas, sobre sus presuntos vínculos con Barrabés y los contratos con él que no quedaron en manos de la Fiscalía Europea.

En su escrito, el instructor defiende que considera «conveniente, útil y aplicable obtener una del marido de la usuaria investigada». Sin embargo, LeCrim, en su artículo 416, señala que Pedro Sánchez, como marido de Begoña Gómez, estaría «exento de la obligación de declaración».

Fuentes jurídicas consultadas a través de Europa Press precisan que ello no le eximiría de la responsabilidad legal de comparecer ante el juez, por lo que hasta que el instructor no se presente en La Moncloa, el presidente del Gobierno no se beneficiaría de dicho artículo.

Si bien la propia ley prevé la posibilidad de declarar por escrito a los presidentes del Gobierno citados como testigos, la norma reserva esta modalidad para los casos «de los que tengan conocimiento por su cargo». En el caso de Sánchez, la sentencia explica que pasará a La Moncloa al amparo del artículo 412. 3, que se refiere a «hechos de los que no tiene conocimiento por razón de su cargo».

De cara al interrogatorio previsto para el 30 de julio, la sentencia solicitó al IT de la Comunidad de Madrid, acompañado por agentes de la Policía Judicial, que «se presenten el próximo 29 de julio» en la sede del Palacio de la Moncloa «para que el Los citados justificantes se recogen en el soporte de grabación correspondiente». El instructor también designó a dos técnicos para que acompañaran a la comisión judicial ante «cualquier incidente» el día del informe.

Así, se espera que el testimonio del presidente del Gobierno quede grabado y aporte una contribución al procedimiento en el que ya están investigadas otras 3 personas: Begoña Gómez; el rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache; y el empresario Juan Carlos Barrabés.

La resolución del juez se produce después de que Begoña Gómez hiciera valer, el pasado viernes, su derecho a no declarar, después de que su abogado fuera a valorar la falta de promesas en el proceso que se le opone.

“Mi consumidora no declaró, no porque no tenga nada que ocultar, sino porque esta defensa aconsejó que no se hiciera”, dijo a los medios su abogado, Antonio Camacho, a la salida de la Plaza de Tribunales. Castilla.

El mismo día, la acusación popular llevada a cabo a través de Vox pidió a la sentencia citar a Pedro Sánchez como testigo de las «reuniones» que mantuvo con Begoña Gómez y el empresario investigado Juan Carlos Barrabés.

La esposa de Pedro Sánchez ha sido citada a declarar en una investigación sobre presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en el mundo empresarial, en un caso que tiene su origen en una denuncia presentada a través de Manos Fácils en abril. Vox, Hazte Oír, Iustitia Europa y el Movimiento por Regeneración Política también está formulando acusaciones populares en este procedimiento. La fiscalía se opuso a la admisión de la denuncia inicial.

La citación concedida el pasado viernes tras el dictamen del fallo acordó el cinco de julio suspender la comparecencia porque Gómez confió en desconocer los hechos que le imputan y su defensa advirtió que una de las querellas, la de «Hazte Oír», no había sido sido notificado.

LA QUEJA DE LAS MANOS LIMPIAS

En la denuncia que motivó la apertura del expediente, Manos Médicas acusa a Gómez de haber “aprovechado su condición de privada” como esposa del presidente del Gobierno: “Ella o aprobó mediante carta de asesoramiento con su firma empresarios quien implementó para licitaciones públicas.

Por parte sindical, confía en que uno de los empresarios «beneficiados de esas recomendaciones o aprobaciones» de Begoña Gómez sea Barrabés, y que en concursos públicos se le hayan adjudicado 10 millones de euros.

“Este empresario también creó el Máster en Transformación Social Competitiva de la demandada”, afirma, añadiendo que la cátedra Begoña Gómez también fichó a este empresario como profesor asociado.

Noticias y portal de la Agencia Europa Press.

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