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La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación concluyó que el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, «violó los principios de neutralidad e imparcialidad, utilizó indebidamente recursos públicos e incumplió una medida cautelar». , derivado de diversas expresiones pronunciadas en la llamada rueda de prensa “mañanera” del 10 de noviembre de 2023. »
Durante esta conferencia, «el presidente hizo recomendaciones sobre las facetas que los ciudadanos deberán tener en cuenta a la hora de votar (el programa, la candidatura y el partido político) y expresó su opinión sobre cómo se elegía a los aspirantes en el pasado».
«Por violación de principios constitucionales, también se ha demostrado el uso indebido de recursos públicos».
“También incurrieron en esas conductas el coordinador de comunicación social y portavoz de la Presidencia de la República, Jesús Ramírez Cuevas; la directora general de Comunicación Digital de la Presidencia, Jéssica Ramírez González; el jefe de la rama adscrita al mencionado coordinación, Daniel Ramírez Pérez, y el director del Centro de Producción de Información y Programas Especiales (CEPROPIE), Sigfrido Barjau De los Ángeles Rosa.
«En el caso del Presidente, también se ha demostrado que incumplió una medida cautelar (contenida en el Acuerdo 148 de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE) en la que pedía no llevar a cabo manifestaciones de carácter electoral como componente del proceso electoral 2023-2024.
El resto de los funcionarios sí violaron la medida, ya que el acuerdo del instituto sí los vinculaba. «
El Presidente de la República sea sancionado por faltas electorales. Sólo se le considera responsable conforme a los criterios establecidos a través de la Sala Superior de este tribunal (SRE-PSC-138/2024).
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