En este caso, la sentencia investiga «todos los actos, conductas y comportamientos» cometidos a través de Begoña Gómez «desde que su marido fue presidente del Gobierno y contenidos en la denuncia inicial» presentada a través del sindicato industrial Manos Liminas opositor a ella. los supuestos vínculos con Barrabés y los contratos con él que no quedaron en manos de la Fiscalía Europea.
En su escrito, el instructor defiende que considera «conveniente, útil y aplicable obtener una del marido de la usuaria investigada». Sin embargo, la LeCrim, en su artículo 416, señala que Pedro Sánchez, como marido de Begoña Gómez, estaría «exento de la responsabilidad legal de declarar».
Fuentes jurídicas consultadas a través de Europa Press precisan que ello no le eximiría de la responsabilidad legal de comparecer ante el juez, pues mientras el instructor no comparezca en La Moncloa, el presidente del Gobierno no podrá sacar provecho de dicho artículo.
Cabe recordar que en abril la fiscalía solicitó la inadmisibilidad de la denuncia de Manos Limpia en el origen del caso. A principios de julio pidió al juzgado de Madrid que delimitara el caso, al considerar que la sentencia dictada sobre estaba dando lugar a un «caso general.
La resolución del magistrado de citar a Sánchez se produce después de que el pasado viernes Begoña Gómez hiciera valer su derecho a no declarar ya que su abogado lo era por haber apreciado la falta de promesas en las diligencias que se le oponían.
El mismo día, la acusación popular llevada a cabo a través de Vox pidió a la sentencia citar a Pedro Sánchez como testigo de las «reuniones» que mantuvo con Begoña Gómez y el empresario investigado Juan Carlos Barrabés.
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